La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó un nuevo período que será contemplado para evaluar el acceso al programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y reiteró que el cierre de las inscripciones es el próximo viernes 3 de julio.
Lo hizo a través de la Resolución General 4751/2020, publicada en el Boletín Oficial, donde se consigno que el Comité de Evaluación y Monitoreo del programa precisó que las empresas que iniciaron actividades entre enero y abril de 2019 podrán rectificar la información sobre su facturación para acceder al Salario Complementario de mayo, incorporando los ingresos referidos a diciembre de 2019 y abril de 2020.
De esta forma, el acceso a la tercera edición del ATP se validará cuando se cumplan los parámetros en materia de variación en la facturación entre ambos períodos, que no debe superar el 5%, y la actividad desarrollada esté contemplada en la normativa.
Las exposiciones se deben realizar únicamente por medio del sitio web de AFIP.
Así y bajo una nueva modalidad, de acuerdo a las zonas geográficas, y con una mayor asistencia de los distritos que estén cumpliendo el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), los beneficios alcanzarán al equivalente de dos salarios mínimos, vital y móvil.
Las firmas que se encuentren operando dentro de los territorios que hayan avanzado hacia el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), en tanto, el desembolso estatal será de un salario mínimo vital y móvil, que a junio es de 16.875 pesos.
Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores, mientras que los empleadores registrados en el programa ATP y que todavía no lo hubieran hecho, deberán informar el CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras.
Para acceder a la Resolución General 4751/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231529/20200701.