AFIP informó algunos cambios en el ATP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó un nuevo período que será contemplado para evaluar el acceso al programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y reiteró que el cierre de las inscripciones es el próximo viernes 3 de julio.

Lo hizo a través de la Resolución General 4751/2020, publicada en el Boletín Oficial, donde se consigno que el Comité de Evaluación y Monitoreo del programa precisó que las empresas que iniciaron actividades entre enero y abril de 2019 podrán rectificar la información sobre su facturación para acceder al Salario Complementario de mayo, incorporando los ingresos referidos a diciembre de 2019 y abril de 2020.

De esta forma, el acceso a la tercera edición del ATP se validará cuando se cumplan los parámetros en materia de variación en la facturación entre ambos períodos, que no debe superar el 5%, y la actividad desarrollada esté contemplada en la normativa.

Las exposiciones se deben realizar únicamente por medio del sitio web de AFIP.

Así y bajo una nueva modalidad, de acuerdo a las zonas geográficas, y con una mayor asistencia de los distritos que estén cumpliendo el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), los beneficios alcanzarán al equivalente de dos salarios mínimos, vital y móvil.

Las firmas que se encuentren operando dentro de los territorios que hayan avanzado hacia el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), en tanto, el desembolso estatal será de un salario mínimo vital y móvil, que a junio es de 16.875 pesos.

Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores, mientras que los empleadores registrados en el programa ATP y que todavía no lo hubieran hecho, deberán informar el CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras.

Para acceder a la Resolución General 4751/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231529/20200701.

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