
La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) informa que ayer se suscribió el acuerdo de la paritaria mercantil 2020. Con las firmas de los representantes de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) y Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), el acuerdo quedó sellado en la sede del Ministerio de Trabajo de la Nación.
El acuerdo paritario se llevó adelante tomando como premisa no sólo la mejora de las condiciones de los trabajadores, entendiendo que esto ayuda a impulsar el consumo y reactivar la economía, sino fundamentalmente el sostenimiento de las pequeñas y medianas empresas que atraviesan una situación extremadamente delicada, con una caída de la actividad ininterrumpida producto de las consecuencias de la pandemia.
Con ese objetivo, las partes acordaron que a partir del mes de septiembre de 2020 quedan incorporadas a los salarios básicos de todas las categorías del C.C.T. 130/75 la suma de $4.000 otorgada mediante DNU 14/2020, y la suma de $2.000 otorgada mediante acuerdo de Comercio del 27 de febrero del 2020, homologado mediante Resolución ST Nro. 204/2020.
Asimismo, se dispuso el pago de una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa y de naturaleza excepcional, que será de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el ámbito del CCT 130/75, consistente en la suma igual y uniforme para todas las categorías de $30.000, que se abonará en 6 cuotas mensuales y consecutivas, de $5.000 cada una de ellas, que serán sumadas a las remuneraciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2020, y de enero, febrero y marzo del 2021.
Es importante aclarar que el aporte no será contributivo a ningún efecto ni generará aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social con las únicas excepciones de: a) aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, b) aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 (texto ordenado de fecha 24/6/1994 del C.C.T. 130/75) sobre el monto nominal de cada cuota que perciba el trabajador comprendido en el presente acuerdo.
Sin perjuicio de ello, y con la misma naturaleza y carácter, a ese importe se le sumará el pago de los adicionales de antigüedad y presentismo de los artículos 24 y 40, respectivamente, del CCT 130/75.
A los efectos de la liquidación del aporte con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), homologado por la Resolución N° 600/2008 (MT), el cálculo de dichos aportes deberá realizarse considerando los incrementos pactados y la fecha de efectivización de los mismos, mes a mes, y en sus partes pertinentes.
Para percibir la asignación pactada, el trabajador comprendido deberá tener su contrato de trabajo vigente al momento de percepción de cada cuota. Asimismo, y para el supuesto de los trabajadores que hubieren ingresado con posterioridad al 1º de octubre de 2020, se liquidará y saldará de manera proporcional al tiempo trabajado.
La gratificación se abonará bajo la denominación “Asignación Extraordinaria No Remunerativa – Acuerdo 2020” en forma completa o abreviada, con indicación del número de la cuota respectiva, extinguiéndose la misma con el pago total y oportuno de las 6 cuotas.
Para el caso de trabajadores que trabajen en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo régimen de jornada reducida, legal o convencional, o que hayan incurrido en ausencias por causas injustificadas, el monto a abonar por esta gratificación extraordinaria por única vez, será proporcional a la jornada laboral cumplida.
A su vez, se acordó la prórroga del Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva. El mismo establece, entre otros, los siguientes lineamientos: las asignaciones dinerarias que como prestaciones no remunerativas abonen los empleadores en concepto de suspensiones dispuestas en los términos del art. 223 bis de la ley 20.744 t.o., así como también las asignaciones compensatorias otorgadas en dinero en virtud de lo dispuesto en el DNU N° 332/2020 modificado por DNU 376/20, no podrán ser, en su conjunto, inferiores al 75% del salario neto que hubiera percibido los empleados de comercio prestando servicios de manera normal y habitual durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020.
El plazo de duración de las suspensiones dispuestas no podrá ser mayor a los 60 días comenzando a computarse ese término a partir del 1 de octubre de 2020.
Para acceder al acuerdo completo de la paritaria mercantil 2020, ingrese al siguiente link.
Para acceder a la prórroga del Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva, ingrese al siguiente link.
Leer más
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó desde hoy y hasta el 19 de este mes el sistema para que las empresas tramiten los créditos a tasa subsidiada correspondientes a los salarios de septiembre del programa ATP. Lo hizo a través de la Resolución General 4831/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Los créditos a tasa subsidiada ofrecen asistencia para el pago de salarios a aquellos empleadores inscriptos en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que durante agosto último registraron una variación en su facturación del 0% al 40% en relación con el mismo mes del año pasado.
“La mitad de las empresas argentinas accedió a los beneficios a lo largo de los últimos seis meses”, aseguró la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
En setiembre último, alrededor de 1,3 millón de trabajadores que se desempeñan en más de 124.000 empresas accedieron al Salario Complementario.
Los fondos serán depositados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en las cuentas bancarias de los beneficiarios a partir de mañana.
El sistema para tramitar un crédito a tasa subsidiada se inicia a través del sitio web de AFIP y se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada.
El organismo señaló que las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada desde el 14 de octubre hasta el 19 octubre, inclusive.
Las empresas que accedan a los Créditos a Tasa Subsidiada contarán con un período de gracia de tres meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
La tasa de interés será fija del 15% para todos los casos.
Aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep).
Para acceder a la Resolución General, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235849/20201007.
Leer más
La Secretaría de Comercio Interior fijó nuevos precios máximos para 18 categorías de productos, con un aumento de entre 2% y 6%, a través de la Disposición 14/20920 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma determinó “nuevos precios máximos” para distintas categorías de productos, “los cuales tendrán la variación porcentual máxima que se establece”.
La normativa habilita aumentos del 2% para dulces y endulzantes; leches y sus derivados; aceites que no sean de girasol; sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks.
También permite incrementos del 3% para alimentos congelados; bebidas; conservas, chacinados y encurtidos; artículos de limpieza del hogar, cocina y bazar; papeles higiénicos y de cocina; harinas que no sean de trigo, fideos, galletitas y panificados.
Además, autoriza subas del 4% en alimentos para mascotas; arroz y legumbres; artículos de cuidado personal; infusiones; del 5% en el aceite de girasol y harina de trigo; y del 6% en vinos, espumantes, jugos puros de frutas y yerba.
La disposición indica además que “los precios de los productos que integran las categorías mencionadas se fijarán de conformidad con el porcentaje máximo de incremento autorizado en dicho artículo, aplicado sobre los precios vigentes al 14 de julio último”.
Para acceder a la Disposición Oficial, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235858/20201007.
Leer más
Las empresas deberán instalar en su página web un «botón de arrepentimiento» para simplificar el derecho de los consumidores a revocar una compra o devolver un producto que se haya adquirido de manera online, en base a una resolución tomada por la Secretaría de Comercio Interior y publicada en el Boletín Oficial.
Las empresas contarán con un plazo de 60 días corridos a partir del 5 de octubre de 2020 para que adecúen sus sitios de acuerdo a los términos establecidos.
La resolución apunta a transparentar y facilitar la devolución y reembolso de las transacciones y se enmarca en el derecho que está establecido en la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor y en el Código Civil y Comercial de la nación Ley 26.994.
La Ley 24.240 establece en el artículo 34 que en las ventas «por medio postal, telecomunicaciones, electrónico o similar» el consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de diez días corridos contados a partir de la fecha en que se entregue el bien o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna.
En tanto, el Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994 señala en el artículo 1.110 que «en los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el consumidor tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación dentro de los diez días computados a partir de la celebración del contrato».
De este modo, la resolución publicada por la Secretaría de Comercio Interior complementa todo ello para simplificar el trámite en favor de los consumidores.
El consumidor debe poner el bien a disposición del vendedor y los gastos de devolución son por cuenta de este último.
Para acceder al detalle de la resolución, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235729/20201005.
Leer más
La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) solicitó a la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) que gestione ante los organismos nacionales correspondientes la resolución de tres medidas que hoy profundizan de manera negativa la sobrecarga que tienen las pymes de comercio y servicio, poniendo en peligro su continuidad y las fuentes de trabajo que generan.
- En primera medida, solicitar que los empleados en relación de dependencia que integren los Grupos de Riesgo (Resolución 1541/2020) y que por las características de las tareas laborales no puedan prestarlas mediante homeoffice, cobren sus haberes a través de la ANSES con el mismo tratamiento que la Licencia por Maternidad.
- Segundo, solicitar la continuidad de los ATP – Salario Complementario en las condiciones establecidas hasta la fecha, tomando como base el nivel de facturación de la empresa –con su correspondiente ajuste inflacionario– independientemente del rubro o sector que integre.
- Finalmente, solicitar que las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) eximan y/o condonen las deudas generadas por aquellas pymes cuyas actividades no han sido habilitadas a la fecha o han sufrido retroceso de fase en sus ciudades. También, que sean las ART quienes provean a los empleados a través de sus empresas, los elementos de higiene y seguridad establecidos para evitar contagios y/o propagación de COVID, a fin de disminuir un costo que para gran cantidad de pymes tiene un valor significativo.
Obedece el pedido de Fedecom que las pymes atraviesan la peor crisis de la historia y, pese a ello, realizan el mayor de los esfuerzos por sostener el ingreso de las familias de sus colaboradores.
Para conocer la misiva enviada a CAME, ingrese al siguiente link.
Leer más
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de octubre el plazo para que monotributistas y autónomos tramiten en el sitio web de AFIP los Créditos a Tasa Cero.
Así se dispuso a través de la Resolución General 4830/2020 publicada en el Boletín Oficial.
El monto que puede solicitar cada persona depende de la categoría en la que está inscripta, el máximo previsto es de $150.000. La medida indica que los bancos deberán depositar el monto los tres meses subsiguientes en las cuentas o tarjetas de crédito de los pequeños contribuyentes que lo soliciten.
En el caso de los autónomos, las entidades bancarias lo depositarán el mismo mes de solicitud y los dos siguientes. A su vez, los bancos deberán cancelar el Volante Electrónico de Pagos en los tres días subsiguientes a la generación, fecha en la que tienen vencimiento.
Los créditos cuentan con un período de gracia de 6 meses y el repago se realiza en 12 cuotas fijas sin intereses.
La normativa establece también que para iniciar el trámite se deberá contar con una Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un Domicilio Fiscal Electrónico.
Para acceder a la Resolución General 4830/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235691/20201002.
Leer más
La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) lanza la campaña «Por mamá, planificados y responsables», una propuesta comunicacional que, bajo la consigna «elegí con tiempo el regalo en tu ciudad», pretende incentivar el consumo local, organizado y con anticipación, para evitar así las aglomeraciones contraproducentes en este contexto de emergencia sanitaria.

La campaña se llevará a cabo a través de las Redes Sociales de Fedecom y sus cámaras y centros comerciales y de servicios asociados, que propondrán descuentos especiales y/o promociones para la compra anticipada de un regalo para mamá en un comercio de la localidad.
A su vez, y con el objeto de contribuir con sectores de la actividad que están más afectados por la crisis actual (gastronómía, gimnasios, academias de baile, entre otros), Fedecom invita a sumarse a la campaña y a realizar acciones que podrán ser aplicadas durante todo el mes de octubre.
Finalmente y como parte de la propuesta, se realizará entre quienes hayan respetado la consigna «elegí con tiempo el regalo en tu ciudad», el sorteo de estadías en destinos cordobeses a utilizar cuando la situación sanitaria lo permita.
La campaña, que cuenta con el apoyo de la Secretaría de Comercio y el Ministerio de Industria, Comercio y Minería de Córdoba y la Confederación Argentina de la Mediana empresa (CAME), estará vigente durante todo el mes de octubre.
Leer más
La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) hace extensiva a sus cámaras y centros comerciales adheridos, la invitación de la consultora PROBO y la Agencia de Marketing Made in Córdoba a participar del concurso abierto #GraciasPorAyudar destinado a Fundaciones, Asociaciones Civiles, Cámaras, Clubes, Centro vecinales, de Jubilados, de Comercio o Terapéuticos, Federaciones y otras Organizaciones Sociales de la provincia de Córdoba, constituidas o en proceso de formación.
Sucede que el 04 de octubre se celebra el Día Nacional del Voluntariado, por lo que PROBO y Made in Córdoba idearon este certamen para agasajar a todas aquellas organizaciones que día a día ponen su corazón, tiempo y esfuerzo para el desarrollo de sus proyectos e iniciativas sociales.
El concurso es completamente gratuito.
Hay tiempo para inscribirse hasta el próximo domingo 4 de octubre.
Los participantes pueden ganar uno de los siguientes premios:
- Diseño o restyling de su identidad visual o
- Brochure institucional digital o
- Un audiovisual de baja complejidad
- Más el acceso gratuito a la totalidad de capacitaciones y webinars que PROBO organice a lo largo del próximo año y una formación In Company especialmente planificada para la organización.
Los interesados deberán postularse en el siguiente link: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScZRRdKyEu4W3wGPpqhkZQrj6TNMkRzYuvlSEhMiTPIhAph9g/viewform.
Del total de las inscriptas, se preseleccionarán 10 organizaciones que participarán en una votación del público a través del Facebook de PROBO.


Las ventas minoristas de los comercios pymes de la provincia de Córdoba finalizaron el mes de septiembre con una caída del 13,2% frente a igual mes del año anterior de acuerdo con los datos relevados por la Federación Comercial de Córdoba (Fedecom), y sus Cámaras y Centros Comerciales adheridos.
De este modo, la contracción tiende a desacelerarse en relación a los meses más complicados para la actividad debido a las medidas de aislamiento o distanciamiento establecidas para controlar el avance de la pandemia de coronavirus.
Sin embargo, vale destacar que, pese a la desaceleración, la retracción interanual todavía es muy superior a las registradas en los meses pre pandemia, cuando de igual modo –debido a la recesión económica- ya se venían observando caídas en el consumo.
En efecto, con el dato del mes de septiembre, ya son treinta y uno los meses de bajas interanuales consecutivas en las ventas minoristas. Se recordará que en agosto pasado la caída fue del 16,8%, mientras que en septiembre de 2019, respecto a igual mes de 2018, las ventas bajaron 11,1%.
“La situación no mejora y la incertidumbre, tanto en materia económica como de salud debido al aumento de casos de coronavirus en todo el país, mantienen en vilo a las familias que se muestran cautas a la hora de consumir”, refirió el presidente de Fedecom, Ezequiel Cerezo.
De igual modo, la situación no frena a la entidad que se encuentra trabajando junto a las cámaras y centros comerciales adheridos en un programa de incentivo para las compras por el próximo Día de la Madre.
Rubros y expectativas
De los 12 rubros relevados por Fedecom, 11 alcanzaron valores negativos y uno positivo en la comparación interanual respecto a las cantidades vendidas.
Las caídas se observaron en:
Calzados y marroquinería (-36,7%);
Joyería, relojería y bijouterie (-28,9%);
Muebles y decoración (-20,1%);
Bazar y regalos (-18,5%);
Indumentaria (-17,6%);
Juguetería y librerías (-15,8%);
Neumáticos y repuestos (-15,2%);
Ferretería, materiales eléctricos y materiales para la construcción (-11,4%);
Electrodomésticos y artículos electrónicos (-10,3%);
Farmacia, perfumería y cosmética (-7,4%)
Alimentos y bebidas (-5,8%).
La variación positiva en cantidades vendidas correspondió al rubro de: Artículos deportivos y de recreación con 4,2%.
En lo referido a formas de pago, el 69% de las transacciones se realizaron con medios electrónicos y un 31% en efectivo.
Respecto a las expectativas para este mes de octubre, solo un 20% de los comercios encuestados, indicó que espera un aumento en sus ventas.
Para acceder al InfoComercial con los datos de septiembre, ingrese al siguiente link:


La Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) comparte con sus cámaras y centros comerciales adheridos el informe de las gestiones realizadas por los integrantes de su Comisión Directiva y representantes durante septiembre pasado.
Algunas de las acciones fueron llevadas a cabo en el marco de la crisis generada a raíz de la emergencia sanitaria establecida por el Gobierno para controlar los efectos de la pandemia del coronavirus en Argentina.
Otras, responden a cuestiones institucionales o de vinculación.
Asimismo, compartimos el clipping de medios correspondiente al mismo período.
Para acceder el informe de gestiones, ingresar al siguiente link:

Para acceder al clipping de medios, ingresar al siguiente link:
