
Casi un tercio de las pymes comerciales, industriales y proveedoras de servicio de la provincia de Córdoba asegura que puede seguir funcionando en el actual contexto de emergencia hasta fines de abril. Otro 22% considera que solo “aguanta” hasta dos semanas más, mientras que 27% estima que puede seguir funcionando hasta dos meses.
Así se desprende de un relevamiento que realizó el Departamento de Estadísticas de la Federación Comercial de Córdoba (Fedecom) entre 900 empresas de toda la provincia (65% comercios, 25% servicios y 10% industrias) entre el 20 y el 30 de marzo pasado, para conocer el estado de situación de las micro, pequeñas y medianas empresas en el marco de la emergencia sanitaria decretada para morigerar los efectos de la pandemia por el coronavirus.
“Necesitábamos saber cuál es la realidad que están viviendo las pymes con este aislamiento preventivo y obligatorio que las ha dejado a muchas sin ninguna actividad”, refirió Ezequiel Cerezo, presidente de Fedecom, quien remarcó a su vez que algunas de las respuestas (por la época en la que se hizo el relevamiento) se conocieron antes de que se anunciaran algunas medidas oficiales de apoyo.
Así, de acuerdo con el rubro al que pertenece la empresa, 31% de los comercios consultados indicaron que, atendiendo a las dificultades que enfrenta, puede seguir funcionando entre dos semanas y un mes más. Otro 30% cree que sólo puede hacerlo entre una y dos semanas más, mientras que 28% estima que puede llegar a funcionar hasta mediados de mayo.
En el sector de servicios de la provincia la situación es más dispar. Así, mientras 21% cree que puede funcionar en las actuales condiciones entre una y dos semanas más, 23% estima que puede llegar al mes, y 27% considera que ese período puede estirarse hasta mediados de mayo.
En cuanto al sector industrial, la situación es más marcada. Allí 40% estima que puede seguir funcionando hasta un mes más, 17% cree que sólo logrará hacerlo las próximas dos semanas, mientras que 28% considera que podrá seguir hasta mediados de mayo.
El relevamiento de Fedecom también consultó sobre las medidas que tomaría la pyme si la crisis llevara a su empresa a una situación extrema. En ese sentido, la mitad de las empresas consultadas admitieron que recurrirían a un crédito.
Dividiendo las respuestas según los sectores, ésta englobó a 54% de los representantes comerciales, 48% de los industriales y a 45% de los empresarios pymes de servicios.
Otras de las respuestas consideradas, aunque en menor medida, fueron resolver los gastos apelando a otra fuente de ingreso como salarios o rentas (21% de las respuestas del sector comercial, 26% del sector industrial y 22% el sector de servicios) y vender la empresa y reinvertir que tuvo muy poca adhesión entre los consultados (5% en el caso de las respuestas del sector comercial y 8% en el caso de los de servicios).
Lo llamativo de la primera opción de respuesta que surge como “Plan B” para que las pymes sigan funcionando (recurrir a un crédito) es la baja proporción de pymes que son consideradas sujeto de crédito en la provincia.
Así, mientras esa realidad alcanza a 57% de las empresas comerciales consultadas, la cifra escala hasta 69% en el caso de las pymes proveedoras de servicios y alcanza también a 50% de las pymes industriales cordobesas.
Para reforzar esta respuesta, se consultó cuántas empresas cuentan con el Certificado Mipyme que otorga Nación. En este caso, 62% de las comerciales no cuentan con ese aval, 64% de las proveedoras de servicios tampoco lo tiene, mientras que en el caso de las industrias sólo 32% cuenta con ese instrumento.
Estructura de costos
El relevamiento también procuró conocer la estructura de costos de las pymes y la incidencia que está teniendo la emergencia sanitaria en ellos.
De este modo, se conoció que 74% de las pymes comerciales alquila un local para ejercer su actividad. Esa proporción baja a 59% en el caso de las empresas proveedoras de servicios, y a 52 para el caso de las pymes industriales.
En cuanto a los trabajadores a cargo, 40% de los comercios cordobeses de la provincia no tiene empleados y 46% tiene hasta 5 trabajadores.
En el caso de las industriales, 47% tiene hasta 5 empleados. Y de entre las empresas de servicios, 43% no tiene empleados a cargo, mientras que 33% cuenta con hasta 5 trabajadores.
En ese sentido, 58% de las pymes comerciales indicaron que es “alta” la incidencia de la situación actual en la dificultad para afrontar el pago de salarios, mientras que en el sector de servicios esa realidad es de 51% de las consultadas y sube a 70% en el caso de las industrias, donde 80% de los consultados dijo que la incidencia de ese ítem es alto en su estructura de costos.
Otro dato no menor es el impacto que tiene la situación de crisis en la dificultad para pagar los impuestos. De los consultados del sector comercio, 80% dijo que la dificultad es alta (sobre todo lo que tienen que ver con el Monotributo y la AFIP); de los del sector de servicios 78% dijo que es alta, y del sector industrial 70% dijo que es alta.
Finalmente y respecto de las ventas, 90% de los consultados del sector del comercio dijo que el impacto de la crisis en la caída de las ventas es alto, mientras que es ese porcentaje alcanza a 85% de los encuestados del sector de servicios y a 83% de los consultados del sector industrial.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la prórroga hasta el 30 de junio próximo de la fecha para inscribirse en la moratoria para pymes, monotributistas y autónomos establecida en el decreto 316/2020, a través de la resolución general 4667/2020 publicada en el Boletín Oficial.
La misma definió que los contribuyentes que tengan deudas acumuladas hasta fin del año pasado podrán ingresar al plan hasta el 30 de junio, cuando originalmente se había sido establecido hasta el 30 de abril.
Se recuerda que los interesados deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP.
La moratoria para pymes prevé quitas del 42% sobre el monto total de la deuda, y plazos de pago de hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y de hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.
Además, la moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente, y pagar una única cuota mensual.
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El gobierno nacional convalidó la extensión hasta el 30 de junio del Programa Ahora 12, y dispuso la incorporación de nuevos rubros como alimentos, bebidas, insumos médicos y medicamentos, considerados esenciales en la actual emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.
Lo hizo a través de la resolución 104/2020 de la Secretaría de Comercio Interior publicada hoy en el Boletín Oficial, que también decidió impulsar las compras de productos online en cuotas fijas, a raíz de las actuales medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio.
Entre los rubros incorporados se encuentran medicamentos, alimentos, bebidas y productos de higiene personal y limpieza, que podrán adquirirse en 3 y 6 cuotas fijas.
El equipamiento médico producido por pymes nacionales, y que abarca electrocardiógrafos, desfibriladores, monitores para distintas señales fisiológicas, balanzas de grado médico, instrumental, elementos de esterilización y máquinas, podrá adquirirse en 12 y 18 cuotas fijas.
El programa mantendrá su vigencia exclusivamente para las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras.
Los proveedores y comercios en las operaciones realizadas a través de tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras cobrarán en un plazo de hasta 10 días hábiles, para las ventas realizadas con la modalidad de tres cuotas, con la aplicación de una tasa máxima de descuento de 2,44%; y en seis cuotas, de hasta 4,75%.
En tanto, podrán elegir cobrar en un plazo de 60 días corridos con una tasa máxima de descuento del 7% directa o en hasta 10 días hábiles con una 9,15%, para las ventas realizadas en 12 cuotas.
Para las operaciones a 18 cuotas se podrá elegir entre cobrar a 60 días corridos con un descuento del 11,18% o hasta 10 días hábiles, con un descuento del 13,26%.
El programa comprende productos de línea blanca; indumentaria; joyería y relojería; calzado y marroquinería; materiales y herramientas para la construcción; muebles; bicicletas; motos hasta un valor de $180.000; turismo íntegramente dentro del territorio nacional; colchones; libros de impresión nacional y anteojos recetados, adquiridos en ópticas hasta $ 10.000.
También artículos de librería; juguetes y juegos de mesa; teléfonos celulares 4G; neumáticos: kit de conversión de vehículos a gas GNC; repuestos para automotores y motos: Instrumentos musicales; computadoras, notebooks y tabletas; artefactos de iluminación; televisores; perfumería y pequeños electrodomésticos.
Además, incluye servicios de preparación para el deporte y gimnasios; equipamiento médico; maquinaria y herramientas; alimentos y medicamentos.
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El gobierno nacional creó el Fondo de Afectación Específica con el objeto de otorgar garantías para facilitar el acceso a préstamos para capital de trabajo, por parte de las micro, pequeñas y medianas empresas, que contará con aportes estatales de $30.000 millones.
Lo hizo a través del Decreto 326/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial que instruyó al Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) a constituir un Fondo de Afectación Específica con el objeto de otorgar garantías para facilitar el acceso a préstamos para capital de trabajo, por parte de las empresas inscriptas en el Registro de Mipymes, del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Además, facultó al jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes a fin de transferir al Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), en concepto de aporte directo, $30.000 millones.
El decreto precisó que las sumas que corresponden al Fondo de Afectación Específica serán destinadas al otorgamiento de garantías en favor de entidades financieras autorizadas por el Banco Central y no financieras que desarrollen herramientas de financiamiento, y en respaldo de las que emitan las sociedades de garantía recíproca, y los fondos nacionales, provinciales o regionales.
Las garantías tendrán como objetivo asegurar el repago de los préstamos para capital de trabajo, incluyendo pagos de salarios, aportes y contribuciones patronales, y cobertura de cheques diferidos que otorguen las entidades.
Las garantías podrán cubrir hasta el 100% del préstamo tomado, y el FoGAr podrá otorgar los avales hasta el monto del Fondo de Afectación Específica, sin exigir contragarantías por parte de la empresa tomadora del préstamo.
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El presidente Alberto Fernández dispuso anoche, la prohibición, por un período de 60 días, de «los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor», como así también las «suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo».
Lo hizo a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 329/2020 publicado en un suplemento de la edición de hoy del Boletín Oficial, con la firma del mandatario; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y de los ministros, en el marco de las medidas que viene tomando el Ejecutivo para paliar el impacto económico de la pandemia de coronavirus.
«Resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales», asevera la norma en sus fundamentos.
En este sentido, señala que decisiones de ese tipo no serían «más que una forma de agravar en mayor medida los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar».
En su artículo cuarto, el decreto establece que «los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto» en la norma, «no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».
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Desde el inicio de esta crisis sanitaria, el sector productivo y empresarial de Córdoba demostró su mayor compromiso, acompañando con firmeza las medidas sanitarias establecidas por las autoridades en sus destinos niveles.
Proporcionamos todo lo necesario para proteger la salud y el bienestar de nuestros trabajadores y de la comunidad cercana y también nuestro conocimiento y responsabilidad para asegurar los servicios esenciales para la población. Pusimos a disposición de las autoridades las capacidades y experiencia de las empresas para aportar soluciones que permitan resolver necesidades concretas.
Sin embargo, el Estado parece no comprender acabadamente la magnitud de la carga que soportan las empresas en este contexto, que les dificulta sostenerse y sostener a sus empleados aun a costa de estar, en su mayoría, totalmente paralizadas.
Queda demostrado, por ejemplo, con la derogación de la resolución 219/20 del Ministerio de Trabajo de la Nación, medida que procuraba algún alivio y hubiera permitido a las empresas abonar sueldos y contener a sus planteles.
Por otra parte, las medidas anunciadas en cuanto a líneas de créditos, asistencia financiera, ampliación del mecanismo de Repro, por enumerar sólo algunos, son de difícil acceso, sin criterios claros para su rápida puesta en marcha. Se le suman las dificultades para tramitar permisos de circulación para las empresas que prestan servicios esenciales, etcétera.
Claramente, las medidas propuestas son insuficientes y no contemplan a todos los sectores en crisis. Solicitamos que se tomen medidas rápidas y de carácter temporario para poder afrontar una situación por completo extraordinaria.
Por último, vemos que a todas estas dificultades se le suma la falta de ejemplaridad desde el sector público, de disponer la disminución de sus salarios para colaborar con su parte en afrontar esta crisis.
Sobre el G6
El Grupo de Entidades Empresarias de Córdoba (G6) está integrado por la Bolsa de Comercio de Córdoba, la Cámara de Comercio de Córdoba, la Cámara de Comercio Exterior de Córdoba, la Cámara Argentina de la Construcción – Delegación Córdoba, la Federación Comercial de Córdoba y la Unión Industrial de Córdoba. Se propone generar un espacio de diálogo y debate franco de ideas y propuestas para contribuir al desarrollo institucional, económico y social a nivel provincial, regional y nacional.
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Fedecom reclama a los gobiernos nacional y provincial la aplicación de las siguientes medidas, para que las pymes puedan sobrevivir a la cuarentena decretada por el coronavirus.
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El Gobierno dispuso ayer, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el congelamiento de los precios de los alquileres y suspensión de los desalojos por falta de pago durante seis meses, en el marco de las medidas adoptadas para mitigar el impacto económico ante la crisis por el coronavirus.
La norma, publicada en el Boletín Oficial, suspende los desalojos por falta de pago y prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria hasta el 30 de septiembre.
También dicta el congelamiento de los precios de los alquileres al valor de marzo y que la deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente acordado en los contratos se pague recién a partir de octubre.
“Nos encontramos ante una emergencia sanitaria que obliga al gobierno a adoptar medidas y decisiones con el objetivo de velar por la salud pública, pero, también, para paliar los efectos de las medidas restrictivas dispuestas, que afectarán el consumo, la producción, la prestación de servicios y la actividad comercial, entre otros muchos efectos”, sostiene el DNU 320/2020.
El decreto, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de todo su gabinete de ministros, establece que la situación exige “extremar esfuerzos para enfrentar no solo la emergencia sanitaria, sino también la problemática económica y social”.
Así, según lo dispuesto, las deudas que se produzcan por falta de pago deberán pagarse recién a partir de octubre, en tres cuotas iguales y consecutivas, a pagar en un plazo máximo de seis meses partir del pago de la primera cuota.
El pago de la diferencia podrá incluir intereses compensatorios, que no podrán exceder la tasa de interés para plazos fijos en pesos a 30 días que paga el Banco Nación, pero no podrán aplicarse intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.
La norma también prevé que quedará exceptuado del pago aquel locador que acredite que depende del monto que destina para el alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente.
En caso de controversia entre las partes del contrato, habrá una instancia de mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia.
Los alquileres alcanzados por el DNU son: inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares; e inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias.
Asimismo, incluye a inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; e inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
El decreto alcanza además a inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria. En tanto, los inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Inaes están también abarcados en el DNU.
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Los bancos comenzaron a implementar líneas de crédito a una tasa del 24% anual para asistir a micro, pequeñas y medianas empresas en el pago de salarios, tanto a través de préstamos a corto plazo como adelantos en cuenta corriente, luego de que el Banco Central les diera mayores incentivos para auxiliar a uno de los sectores más golpeados por los efectos de la cuarentena.
Así, al menos media docena de entidades (Nación, Bancor, Provincia, Galicia, Supervielle, Itaú y Comafi) habilitaron en los últimos días este tipo de préstamos a nivel nacional y otros, como el Patagonia, lo hicieron a nivel provincial.
Desde el jueves último, para paliar el virtual congelamiento de la actividad económica a raíz de las medidas de distanciamiento social para mitigar la pandemia del coronavirus (Covid-19), el Banco Central liberó cerca de $350.000 millones a los bancos para que den este tipo de créditos a empresas, reduciendo encajes y tenencia de Letras de Liquidez (Leliq).
En esa línea, el Banco Nación lanzó dos líneas a tasa subsidiada para mipymes con destino al pago de sueldos: una a través de un descubierto en la cuenta y otra para el financiamiento del capital de trabajo, vía pedido de préstamo.
En el primer caso, las cerca de 40.000 mipymes clientes del Nación podrán pedir un giro de descubierto a 90 días de plazo para el pago de hasta una nómina salarial, también a una tasa del 24%.
Para la segunda línea, el Nación dispuso préstamos de hasta el importe equivalente a un mes de venta para financiar capital de trabajo, con idéntica tasa, pero con un plazo de cancelación de 18 meses.
Del mismo modo, el Banco Provincia anunció el financiamiento tanto para Mipymes como para empresas de salud las que tengan convenio de haberes vía descubierto especial en sus cuentas corrientes, con tasa de 24% y un plazo de pago de 90 días.
El Banco Ciudad anunció que a partir del 1° de abril estarán disponibles nuevas líneas de préstamo específico destinado al pago de una nómina salarial, siempre que acrediten sueldos en la entidad, con tasas fijas que oscilan entre el 20 y el 24% anual.
Por su parte, el Itaú ofrece préstamos a tasas de entre 23% y 24% en hasta 9 meses para clientes mipyme clasificados, mientras que el Comafi anunció préstamos a una tasa del 24% para financiamiento de capital de trabajo, pago de sueldos y descuento de cheques, con períodos de entre 60 y 90 días para el pago de la primera cuota.
También el Supervielle comenzó a ofrecer esta misma línea subsidiada para el pago de los sueldos, entre otros destinos de fortalecimiento de capital de trabajo de mipymes, de hasta un año de plazo y tres meses de gracia para el inicio del pago.
Por su parte, el Galicia habilitó la acreditación inmediata a través de Office Banking de préstamos a 12 meses y una tasa del 24% para pago de salarios de unas 100.000 mipymes que operan a través del banco, con un fondeo de hasta $12.000 millones para esta línea.
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El Ministerio de Transporte de la Nación, mediante la Resolución 78/2020, determinó cuál es el modelo de certificación que deberán llevar los transportistas vinculados a actividades exceptuadas de la cuarentena para poder circular.
El mismo deberá contar con los siguientes datos:
- Nombre completo.
- DNI del titular de la empresa transportista.
- DNI del chofer del camión.
- Origen y destino de la carga.
Cabe destacar que el certificado tiene carácter de declaración jurada y deberá ser presentado ante el requerimiento de las autoridades nacionales, provinciales y municipales que lo soliciten.
La normativa expresa que el certificado se emite a efectos de satisfacer la demanda y el normal abastecimiento de insumos imprescindibles para toda la ciudadanía del territorio nacional.
Para acceder a la Resolución 78/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227211/20200327.
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