El Gobierno anunció los días no laborables y feriados 2025

A través del Decreto 1027/2024, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional confirmó las fechas de los días no laborables con fines turísticos para 2025, que serán el viernes 2 de mayo, el viernes 15 de agosto y el viernes 21 de noviembre. Estas jornadas se suman a los feriados nacionales para conformar fines de semana extralargos, promoviendo la actividad turística y dinamizando las economías regionales.

A diferencia de años anteriores, los días puente de 2025 serán no laborables y no feriados. Esta distinción implica que la decisión de trabajar o no en dichas fechas queda en manos del empleador, excepto para quienes trabajan en la Administración Pública Nacional, bancos, seguros y actividades similares, donde el descanso será obligatorio.

Fechas destacadas

  • Viernes 2 de mayo: complementa el feriado del jueves 1° de mayo, Día Internacional del Trabajador.
  • Viernes 15 de agosto: extiende el fin de semana que incluye el feriado del domingo 17 de agosto, en conmemoración del paso a la inmortalidad del General José de San Martín.
  • Viernes 21 de noviembre: se suma al feriado inamovible del jueves 20 de noviembre, Día de la Soberanía Nacional, que recuerda la Batalla de la Vuelta de Obligado.

Esta política tiene como objetivo principal promover el turismo interno y reducir los efectos de la estacionalidad en el sector, incentivando viajes y escapadas durante el año. Sectores como hotelería, gastronomía y transporte se beneficiarán directamente de esta medida, fortaleciendo así las economías regionales y generando empleo.

Es importante destacar que, según la Ley de Contrato de Trabajo, los días feriados garantizan el descanso obligatorio o el pago doble en caso de prestación de servicios, mientras que los días no laborables otorgan al empleador la potestad de decidir si se trabaja o no, sin modificaciones salariales.

Calendario de feriados 2025

Enero

  • Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (inamovible).

Marzo

  • Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval (inamovibles).
  • Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (inamovible).

Abril

  • Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (inamovible).
  • Jueves 17 de abril: Jueves Santo (no laborable).
  • Viernes 18 de abril: Viernes Santo (inamovible).

Mayo

  • Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (inamovible).
  • Viernes 2 de mayo: Día no laborable puente.
  • Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (inamovible).

Junio

  • Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (trasladable).
  • Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (inamovible).

Julio

  • Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (inamovible).

Agosto

  • Viernes 15 de agosto: Día no laborable puente.
  • Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (trasladable).

Octubre

  • Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable).

Noviembre

  • Jueves 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (inamovible).
  • Viernes 21 de noviembre: Día no laborable puente.

Diciembre

  • Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (inamovible).
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad (inamovible).

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