La Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) estableció que el acogimiento previsto para el régimen de Planes de Pago para Micro, Pequeñas o Medianas Empresas (MiPymes), destinado a cancelar deudas con el Fondo de Garantía en concepto de Cuota Omitida y de multas recargos -impuestos por la SRT-, podrá realizarse hasta el próximo 30 de septiembre, inclusive.
Lo hizo a través de la Disposición 12/2020, publicada en el Boletín Oficial, donde además se determinó que el vencimiento del pago de la primera cuota del plan vencerá el 20 de diciembre de 2020.
Los pagos restantes vencerán en forma mensual y consecutiva el día 20 de cada mes o inmediato posterior hábil si aquel resultara inhábil.
Para conocer el detalle de la Disposición, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231795/20200706.