El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó las medidas implementadas para el manejo de los pagos al exterior de mercadería de importación, flexibilizando los requisitos de las operaciones que no requieran pedido de conformidad al BCRA.
A partir de ahora, se incorpora la realización de pagos diferidos o a la vista de importaciones de bienes que correspondan a operaciones que se hayan embarcado a partir del 1 de julio de 2020 o que habiendo sido embarcadas con anterioridad no hubieran arribado al país antes de esa fecha.
También se incrementa el monto de registros aduaneros pendientes al equivalente a US$ 3.000.000 cuando se trate de pagos por la importación de productos relacionados con la provisión de medicamentos u otros bienes relacionados con la atención médica y/o sanitaria de la población o insumos que sean necesarios para la elaboración local de los mismos. La entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente donde deje constancia que los productos a importar revisten tal condición.