Nueva Modalidad de Pago en Dólares a través de Tarjetas de Débito

A partir de este viernes 28 de febrero, entra en vigencia un nuevo sistema que permitirá realizar pagos en dólares dentro de Argentina utilizando tarjetas de débito. Esta medida, impulsada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), forma parte de un proceso más amplio que promueve  la coexistencia de pesos y dólares como opciones de pago en el país. La normativa establece que los comercios podrán optar por habilitar esta modalidad de pago en dólares, siempre que los procesadores de pagos y las empresas adquirentes aseguren la viabilidad técnica para su implementación.

¿Cómo funciona el pago en dólares con tarjeta de débito?

El proceso es muy similar al que se realiza actualmente al abonar en pesos. Para que los clientes puedan pagar en dólares con tarjeta de débito, deben cumplir con algunos requisitos básicos y el comercio debe habilitar esta opción en su sistema de cobro.

  1. Requisitos para los comercios:
    • Cuenta bancaria en dólares: El comercio debe tener una cuenta bancaria en dólares asociada a su sistema de cobro.
    • Habilitación del sistema: El sistema de pagos del comercio debe estar habilitado para aceptar pagos en dólares.
    • Selección de la opción de pago: En el momento de la transacción, el vendedor debe seleccionar la opción de «pago en dólares» en el punto de venta (POS).
  2. Requisitos para los consumidores:
    • Cuenta en dólares: El cliente debe tener una cuenta bancaria en dólares vinculada a su tarjeta de débito.
    • Saldo suficiente: Debe contar con el saldo en dólares necesario para cubrir el monto de la compra.
    • Tarjeta de débito habilitada: La tarjeta debe estar correctamente asociada a la cuenta en dólares y permitir pagos en esta moneda.

¿Qué comercios planean aceptar pagos en dólares?

Si bien la medida es opcional para los comercios, se prevé que sectores como el turismo, el inmobiliario, electrodomesticos y ciertos bienes durables sean los más propensos a aceptar pagos en dólares debido a las características de sus transacciones. En el caso del comercio minorista, especialmente supermercados y tiendas de retail, es posible que algunos opten por esta modalidad.

Preparación de los comercios para aceptar pagos en dólares

Para que los comercios puedan cobrar en dólares, deberán:

  • Abrir una cuenta en dólares en la misma entidad bancaria donde ya operan en pesos.
  • Registrar esta cuenta en el sistema de su procesador de pagos o adquirente.
  • Actualizar su sistema de gestión si utilizan software propio para cobro o checkout online.

En el caso de los comercios que solo operan con terminales POS, el sistema se actualizará automáticamente, sin la necesidad de reprogramaciones manuales.

Pagos con códigos QR y billeteras virtuales

Desde abril de 2025, se integrará la opción de realizar pagos en dólares mediante códigos QR y billeteras virtuales interoperables. Esta modalidad permitirá a los clientes escanear el código QR generado por el comercio, elegir pagar en dólares y completar la transacción, siempre que su billetera digital esté vinculada a una cuenta en dólares.

Pagos en cuotas en dólares

Una de las novedades más relevantes de esta medida es la posibilidad de pagar en cuotas en dólares. Este mecanismo se implementará a través del sistema DEBIN programado, permitiendo que los clientes elijan el monto de las cuotas y el comercio registre el plan de pagos en el banco. Este sistema será exclusivamente para clientes con cuentas en dólares activas y con saldo suficiente.

Requisitos clave para los pagos en dólares

  • Cuenta en dólares en un banco argentino.
  • Tarjeta de débito vinculada a esa cuenta.
  • Saldo disponible en dólares al momento de la compra.
  • Para billeteras digitales, la aplicación debe estar habilitada para realizar pagos en dólares y correctamente vinculada a la cuenta bancaria.

Más información

Para obtener más detalles sobre la normativa vigente y otros aspectos relacionados con esta nueva modalidad de pago, puede consultar el sitio oficial del Banco Central de la República Argentina (BCRA) en www.bcra.gob.ar. Ver resolución.

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