Oficializaron el certificado que deberán llevar los transportes de cargas para circular

El Ministerio de Transporte de la Nación, mediante la Resolución 78/2020, determinó cuál es el modelo de certificación que deberán llevar los transportistas vinculados a actividades exceptuadas de la cuarentena para poder circular.

El mismo deberá contar con los siguientes datos:

  • Nombre completo.
  • DNI del titular de la empresa transportista.
  • DNI del chofer del camión.
  • Origen y destino de la carga.

Cabe destacar que el certificado tiene carácter de declaración jurada y deberá ser presentado ante el requerimiento de las autoridades nacionales, provinciales y municipales que lo soliciten.

La normativa expresa que el certificado se emite a efectos de satisfacer la demanda y el normal abastecimiento de insumos imprescindibles para toda la ciudadanía del territorio nacional.

Para acceder a la Resolución 78/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227211/20200327.

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