El Gobierno oficializó hoy la extensión por seis meses del pago de doble indemnización a los trabajadores que sean despedidos «sin justa causa», que había dispuesto en diciembre pasado, y que vencía el próximo sábado, en el marco del aislamiento social ante la pandemia del coronavirus en el país.
También hoy, el Poder Ejecutivo formalizó la norma que establece que los límites temporales para que un trabajador suspendido se considere despedido no regirán para las suspensiones por falta de trabajo y fuerza mayor, que podrán extenderse hasta el final del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Las oficializaciones se hicieron efectivas mediante las publicaciones en el Boletín Oficial de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) 528/2020 y 529/2020, que llevan la firma del presidente Alberto Fernández.
El primer decreto afirma que sus alcances “no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19 (que estableció la emergencia ocupacional en diciembre), ni al sector público nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran”.
Para acceder al detalle del DNU 528/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/230406/20200610.
Para acceder al detalle del DNU 529/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/230407/20200610.