La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del aplicativo denominado «Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social» (SICOSS versión 7 release 42), que estará disponible en la opción “Aplicativos” del sitio de AFIP (http://www.afip.gob.ar).
Los empleadores que se encuentren obligados a utilizar el Sistema Libro de Sueldos Digital, podrán consultar en el instructivo habilitado en el micrositio http://www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/.
Cabe destacar que, para los trabajadores declarados con el código de situación de revista citado en el artículo 2° código 50, se calcularán sobre la remuneración imponible los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
Las disposiciones de esta resolución general entraron en vigencia el 4 de noviembre y resultarán de aplicación para la generación de las declaraciones juradas (F.931) correspondientes al período devengado octubre de 2020 y siguientes.
El uso del SICOSS comprende las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores, que se efectúen a partir de la referida fecha de vigencia.
Para acceder a la Resolución General 4849/2020, ingrese al siguiente link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236914/20201104.